Derecho Comercial Costarricense
Ana Lucía Espinoza Blanco
Especialista en Derecho Comercial
Ana Lucía Espinoza Blanco
San José, Costa Rica
Apdo. 3360-1000
ph: (506) 2519-7500
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La determinación de quién es comerciante es importante no solo por las presunciones contenidas en el Código de Comercio, como aquella del art. 1 según la cual los contratos entre comerciantes se presumen actos de comercio, salvo prueba en contrario; sino además porque él está sujeto a quiebra con las consecuencias derivadas de ello.
Texto de la Clase No. 4: El Comerciante. Publicado el 20 de abril de 2008.
Texto actualizado 2009 de la Clase No. 4: El Comerciante. Publicado el 14 de abril de 2009.
Texto actualizado 2010 de la Clase No. 4: El Comerciante. Publicado el 20 de abril de 2010.
Texto actualizado 2011 de la Clase No. 4: El Comerciante. Publicado el 2 de mayo de 2011.
Texto actualizado 2012 del Tema IV: El Comerciante. Publicado el 30 de abril de 2012.
Texto actualizado 2013 del Tema IV: El Comerciante. Publicado el 14 de mayo de 2013.
Texto actualizado 2014 del Tema IV: El Comerciante. Publicado el 27 de mayo de 2014.
Texto actualizado 2015 del Tema IV: El Comerciante. Publicado el 12 de mayo de 2015.
Texto actualizado 2016 del Tema IV: El Comerciante. Publicado el 10 de abril de 2016.
Texto actualizado 2017 del Tema IV: El Comerciante. Publicado el 25 de abril de 2017.
Texto actualizado 2018 del Tema IV: El Comerciante. Publicado el 3 de mayo de 2018.
SUMARIO DE LA CLASE
VI.- EL SISTEMA GENERAL: EL ARTÍCULO 5 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.-
§26.- Introducción.-
§27.- El comerciante persona física.-
§28.- El comerciante persona jurídica.-
§29.- Incompatibilidades para el ejercicio del comercio. El caso especial de los extranjeros.-
§30.- Obligaciones de los comerciantes.-
VII.- EL SISTEMA ESPECIAL: EL ARTÍCULO 2 DE LA LEY DE PROMOCIÓN DE LA COMPETENCIA Y DEFENSA EFECTIVA DEL CONSUMIDOR (LPCDEC).-
§31.- El comerciante conforme el artículo 2 LPCDEC.-
§32.- Obligaciones de los comerciantes.-
VIII.- LA PÉRDIDA DE LA CONDICIÓN DE COMERCIANTE.-
§33.- Algunas notas sobre la pérdida de la condición de comerciante.-
BIBLIOGRAFÍA.
Como material anexo a la Clase de El Comerciante, se publica el siguiente:
A) Dos resoluciones de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, las números 3975-2002 y 8728-2004, en las que se determina que las actividades profesionales no son lucrativas y por tanto no están sujetas al pago de patente municipal.
B) Cinco resoluciones de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia: 1) 364-1990, sobre la sociedad de hecho y la sociedad irregular como comerciantes; 2) 124-1992, sobre la sociedad anónima como comerciante aunque realice actividad agraria; 3) 61-1994, que determinó la condición de “comercial” de un local por haber sido arrendado por un comerciante para el ejercicio de su actividad; 4) 69-1994, relacionada con el contrato societario y la sociedad mercantil como comerciante; y 5) 1012-F-2006, sobre la prescripción de la acción derivada de un contrato mercantil entre un comerciante y un no comerciante.
C) La resolución 1042-2005 de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, sobre el comerciante como presupuesto subjetivo de la quiebra.
D) Dos resoluciones del Tribunal Segundo Civil, Sección Segunda, la número 156-2003, sobre la obligación de todo comerciante de llevar libros contables, y la 136-2007, sobre los requisitos de la persona física para ser comerciante.
E) Una resolución del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección Tercera, la número 430-2007, sobre las actividades profesionales como exentas del pago de patente municipal.
F) Cinco dictámenes de la Procuraduría General de la República: 1) C-23-1992, sobre la nacionalidad de las sociedades mercantiles; 2) C-134-1995, sobre derogatoria tácita de normas que limitaban el ejercicio del comercio por parte de extranjeros; 3) C-156-1997, sobre el mismo tema anterior; 4) C-196-1999, sobre las obligaciones de los comerciantes que prestan servicios públicos; y 5) C-180-2000, sobre el comerciante como consumidor.
G) La Opinión Jurídica de la Procuraduría General de la República OJ-47-2006 sobre comerciantes extranjeros.
Un tema no profundizado en Costa Rica es el de las diferencias existentes entre las regulaciones de la figura del comerciante en el Código de Comercio y en la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.
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Otro tema importante, desarrollado en la clase, es que si bien las sociedades mercantiles y la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada son "comerciantes por la forma", deben tener por objeto una actividad lucrativa.
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