Derecho Comercial Costarricense
Ana Lucía Espinoza Blanco
Especialista en Derecho Comercial
Ana Lucía Espinoza Blanco
San José, Costa Rica
Apdo. 3360-1000
ph: (506) 2519-7500
fax: (506) 2290-7452
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El propósito de esta sección es incluir los textos de la legislación (en sentido amplio) costarricense usual en materia mercantil y en materias afines.
Las versiones en formato doc podrán ser buscadas en la página WEB de la Asamblea Legislativa, y en la del Sistema Nacional de Legislación Vigente, SINALEVI, por lo que en esta sección lo que encontrará es la versión pdf del texto publicado en el Diario Oficial, La Gaceta.
Ley No. 3416 de 3 de octubre de 2008.
Se trata de la interpretación auténtica del art. 968 C.com., para fijar un plazo decenal de prescripción de las acciones derivadas de la hipoteca común y la de cédulas que garantice el cumplimiento de obligaciones mercantiles.
La Sala Constitucional ha emitido dos resoluciones sobre esta ley, una de 1998 y otra de 2007, señalando que no es una interpretación auténtica sino una reforma de ley y que no es inconstitucional que se haya fijado el plazo dicho de prescripción.
Decreto Ejecutivo 33171-J de 29 de mayo de 2006.
Se trata del "Reglamento para la inscripción de la constitución de empresas comerciales, utilizando únicamente el número de cédula de persona jurídica como denominación social". A partir de este decreto y con algunas excepciones, las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades anónimas pueden tener una denominación social consistente en su propio número de cédula de persona jurídica.
Con este decreto se regula el tema de la "Asignación y expedición de cédula de persona jurídica"; de modo que a partir del 29 de agosto de 2008, a las entidades inscritas en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional no se les emitirá en papel la cédula jurídica.
Decreto Ejecutivo 35.213-MG de 13 de abril de 2009.
Con este decreto se declara oficial, para efectos administrativos, la aprobación de la división territorial administrativa de la República.
Esta circular consiste en la lista actualizada, para efectos registrales, de los considerados distritos urbanos de la República de Costa Rica.
Esta directriz versa sobre ciertos contenidos que han de tener los contratos de prenda cuando se refieren a bienes muebles no inscritos.
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